Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México

Diplomado

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VIII Diplomado sobre el derecho a la NO DISCRIMINACIÓN

jueves, 17 de mayo de 2012

Dia Internacional por la no discriminación por homofobia, lesbofobia

Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México

17 de mayo, Día Internacional por la no discriminación por homofobia, lesbofobia, bifobia y transfobia


México, D.F. a 17 de mayo de 2012

COPRED/DPPyL/153/2012

La discriminación por homofobia, lesbofobia, bifobia y transfobia, es una práctica cultural que impide el libre ejercicio de los derechos humanos. Tienen un arraigo social en nuestro país que ha naturalizado este fenómeno de violencia y vulneración, como un ejercicio de control social, el cual se replica de un lugar a otro, impactando a toda la población y desgarrando el tejido social.

Esta estructura de discriminación, anclada en estereotipos de género (que sostiene esquemas de desigualdad, dominación y exclusión a distintos sectores de población), es una prioridad en atención por parte de este Consejo, tanto en el diseño de políticas públicas como en la implementación de acciones afirmativas que faciliten la desestructuración de estos modelos de relación social.

Estas prácticas ocasionan marginalidad a quienes la viven, expulsiones forzadas de los ámbitos familiares, acoso escolar y acoso laboral, deserción escolar, despidos laborales injustificados, violaciones como métodos terapéuticos, matrimonios forzados, burlas, acoso, agresión y en los casos más extremos de violencia, el asesinato.

Para el COPRED es importante distinguir las características de género y su relación específica con el fenómeno de la discriminación para entender las distintas realidades y sus posibles alcances, por ello, consideramos importante señalar que la homofobia

  • puede ser entendida como el rechazo, odio, aversión, temor, repudio, prejuicio y/o violencia hacia las personas que son o parecen ser homosexuales.

Sin embargo, resulta importante precisar que este concepto no refleja otras formas de discriminación y violencia, por ello, proponemos que se distingan los siguientes factores:

  • Lesbofobia, implica adicionalmente a las acciones descritas en el caso anterior, un factor de vulneración por el hecho de ser mujer, asociado a una percepción social que tiene como trasfondo el cuestionamiento de los roles de género y legitimando la vulneración en materia de derechos humanos hacia quienes transgreden los parámetros de la heteronormatividad. Cabe destacar que son las diferencias construidas alrededor de los roles de género, las cuales hacen que se atienda por separado a estas dos características, ya que de acuerdo a los índices de violencia, las mujeres son quienes viven de manera más aguda los factores de discriminación, independientemente de su orientación o preferencia sexual, asociadas a la promoción de prácticas de subordinación y sometimiento de las mujeres.


  • Bifobia, el rechazo, odio, temor, repudio, prejuicio y/o violencia a las personas que son o parecen bisexuales. Estas actitudes se anclan en supuestos de “indefinición” y conllevan ejercicios de sometimiento y dominación, desde una visión heteronormada y hegemónica.

  • Transfobia, implican actitudes de rechazo, odio, temor, repudio, prejuicio y/o violencia hacia las personas que son o parecen transexuales o transgénero, dado que en algunos casos, su identidad de género, su expresión de rol de género y/o su apariencia física no coincide con la asignación del género con base en sus características biológicas y/o anatómicas.

Adicionalmente hay un fenómeno que debe ser considerado bajo esta misma lógica, dadas las implicaciones de violencia surgidas a partir de las asignaciones de género y particularmente hacia lo femenino.

  • La misoginia definida como el odio hacia las mujeres y las expresiones culturales de machismo que prevalecen en nuestra sociedad, continúan suscitando situaciones de desigualdad en materia de derechos humanos entre mujeres y hombres, basados en estereotipos de género que definen lo femenino y lo masculino de manera dicotómica. En el contexto cultural, las definiciones de “la mujer” con base en lo “femenino”, dan pauta a una serie de acciones que vulneran los derechos de las mujeres y fomentan actitudes violentas y/o de utilización, las cuales impactan en detrimento de la sociedad toda.

Todos estos factores de discriminación tienen un alcance que no es exclusivo de la población LGBTTTI, por el contrario, afecta a toda la sociedad y por ello, debe involucrar a todas y todos ya que al no haber condiciones de igualdad social, se permite que se sigan vulnerando de facto, los derechos de quienes la viven.

Por ello, proponemos que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal incorpore en el Artículo 5 de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal (LPEDDF), como causales de discriminación la homofobia, lesbofobia, bifobia, transfobia y misoginia, para integrar un marco normativo específico que nos permita atender cada problemática en particular.

De manera conjunta con el Mecanismo de Seguimiento del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, estableceremos una mesa de trabajo con activistas y organizaciones de sociedad civil a fin de avanzar en temas de salud, derechos sexuales, derechos reproductivos, seguridad jurídica, materia laboral, acceso a la justicia, educación, así como al reconocimiento y respeto de los distintos modelos familiares.

Llamamos a sumar esfuerzos de manera conjunta tanto sociedad civil, entes públicos, medios de comunicación, academia e iniciativa privada, a fin de llevar acciones que nos permitan facilitar un cambio social que promueva y garantice el ejercicio pleno de los derechos humanos para quienes viven y transitan el Distrito Federal.

Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México

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